lunes, 8 de septiembre de 2014

III Encuentro Nacional por la Primera Infancia 18 y 19 de Set - PUCP




III Encuentro Nacional por la Primera Infancia 18 y 19 de Set - PUCP
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Faltan 10 días para el III Encuentro Nacional por la Primera Infancia

Gobernabilidad y responsabilidad social y política por la primera infancia 

Confirmó su participación el ex primer ministro, César Villanueva

Ex primer ministro, César Villanueva, confirmó su participación en el III Encuentro Nacional por la Primera Infancia. Será panelista en la Mesa de Trabajo "La infancia en la agenda política y las elecciones regionales y municipales", que se realizará el segundo día del encuentro, el viernes 19 de setiembre.

Esta mesa de trabajo será coordinada por el también ex primer ministro, Salomón Lerner Ghitis. (LEER MÁS)
 

Desea participar en la Feria de Experiencias

Escríbanos a coordinacion@inversionenlainfancia.net o llámenos al 422.4241 / 222.0919







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Sobre el nuevo Marco Curricular anunciado para el próximo año escolar 2015


El Lunes 8 de septiembre de 2014 11:47, Carlos Malpica Faustor <carlos@malpica.net> escribió:


Lima, lunes 8 de setiembre de 2014.

Estimados colegas:

Ayer he colocado en mi blog el adjunto artículo titulado "El Currículo Nacional Básico en la Ley General de Educación, el Diseño Curricular Nacional vigente desde el año 2005 y el nuevo Marco Curricular Nacional anunciado para el año 2015".
Es mi contribución al debate que el Ministerio de Educación lleva a cabo en torno a su propuesta de "Marco Curricular Nacional". El Ministerio de Educación ha anunciado su intención de aprobar dicho Marco el presente año y de ponerlo en ejecución el próximo año escolar 2015.

Artículo disponible desde ayer en mi blog:


TEXTO DEL ARTÍCULO Y SUS ANEXOS:

EL CURRÍCULO BÁSICO NACIONAL EN LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, EL DISEÑO CURRICULAR NACIONAL VIGENTE DESDE 2005 Y EL NUEVO MARCO CURRICULAR NACIONAL ANUNCIADO PARA EL 2015.
Carlos MALPICA FAUSTOR
Presidente del Instituto Pro Gobernabilidad de la Educación Peruana - IGEPE
Asociado de Foro Educativo
Ex Ministro de Educación

La política curricular, o de desarrollo curricular, es sin duda el ámbito más importante de la políticas públicas, estatales y gubernamentales, de educación, y como tal le es aplicable lo dispuesto por la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (Año 2007), que norma en su artículo 4, que el Poder Ejecutivo tiene entre sus competencias exclusivas: "Diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno". Además, que "las políticas nacionales definen los objetivos prioritarios, los lineamientos, los contenidos principales de las políticas públicas, los estándares nacionales de cumplimiento y la provisión de servicios que deben ser alcanzados y supervisados para asegurar el normal desarrollo de las actividades públicas y privadas" ... Finalmente, y algo muy importante, que "Las políticas nacionales y sectoriales consideran los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales y locales, concordando con el carácter unitario y descentralizado del gobierno de la República. Para su formulación el Poder Ejecutivo establece mecanismos de coordinación con los gobiernos regionales, gobiernos locales y otras entidades" ... " Las políticas nacionales y sectoriales se aprueban por decreto supremo, con el voto del Consejo de Ministros". 

El desarrollo curricular guarda una relación directa con los fines y objetivos de la educación (de una educación como derecho humano fundamental, permanente y de calidad para todos) y con las funciones y responsabilidades educativas del Estado y del Gobierno, que priorizan la educación pública, abierta a todos en todos sus niveles. Eso se expresa claramente en los artículos 13 y 14 de la Constitución (año 1993); se refleja en la Décimo Segunda Política de Estado del Acuerdo Nacional (año 2002); se norma en la Ley 28044, Ley General de Educación, ley de desarrollo constitucional (año 2003) y su Reglamento, y se pacta en las políticas 5.1 y 5.2 del Objetivo Estratégico 2 del Proyecto Educativo Nacional (año 2007).

Sin embargo, el Ministerio de Educación no ha formulado la política curricular integral para todos los niveles del Sistema Educativo, que norman la Ley General de Educación y su Reglamento, y se ha limitado a diseños curriculares para el nivel de la Educación Básica, principalmente en la modalidad de Educación Básica Regular, como el "Diseño Curricular Nacional para la Educación Básica Regular", aprobado por Resolución Ministerial el año 2005; cuya revisión fue aprobada el año 2008, igualmente por Resolución Ministerial (cuando debió ser aprobada por Decreto Supremo con voto del Consejo de Ministros, de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo), y que incluye "Once Propósitos de Aprendizaje al 2021". Recientemente se ha emprendido iniciativas complementarias ensayando como instrumentos de enseñanza "Mapas de Progreso" y "Rutas de Aprendizaje" en las áreas prioritarias de competencias en Matemáticas, Comunicación y Ciudadanía. 

Se ha acumulado así diversas experiencias en materia de diseños, publicaciones, capacitación y difusión por televisión e internet; pero esas experiencias, al no ser debidamente validadas, evaluadas ni articuladas, han producido discontinuidades y desconcierto entre los profesores. 

La preocupación principal del Ministerio de Educación ha sido hasta la fecha producir propuestas sobre "cómo enseñar", sin saber bien qué y cómo están aprendiendo nuestros educandos. 

El Consejo Nacional de Educación ha formulado críticas al respecto en sus informes anuales de balance de ejecución del Proyecto Educativo Nacional, y en un reciente informe de los avances a marzo de 2014 ha reiterado su recomendación de evaluar el "Diseño Curricular Nacional" y de "elaborar participativamente un marco curricular que establezca los aprendizajes fundamentales y sus desagregados en competencias y capacidades". 

El Ministerio de Educación no ha evaluado el Diseño Curricular Nacional ensayado en la Educación Básica desde el año 2005, y en cambio ha formulado y sometido a debate público la propuesta de un "Marco Curricular Nacional", basado en el enfoque de competencias, en la utilización de "Mapas de Progreso" y "Rutas de Aprendizaje" y en la adopción de "Ocho Aprendizajes Fundamentales":
  •  ACTÚAR E INTERACTÚAR DE MANERA AUTÓNOMA PARA EL BIENESTAR.
  • EMPRENDER PROYECTOS PARA ALCANZAR LAS METAS BUSCADAS
  • EJERCER DE MANERA PLENA SU CIUDADANÍA
  • COMUNICARSE PARA EL DESARROLLO PERSONAL Y LA CONVIVENCIA
  • CONSTRUIR Y USAR LA MATEMÁTICA EN Y PARA, LA VIDA COTIDIANA, EL TRABAJO, LA 
CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA
  • USAR LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA PARA MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA
  • EXPRESARSE CON LOS LENGUAJES DEL ARTE Y APRECIAR EL ARTE EN SU DIVERSIDAD 
DE MANIFESTACIONES
  • VALORAR Y UTILIZAR LAS POSIBILIDADES EXPRESIVAS DE SU CUERPO EN MOVIMIENTO CON AUTONOMÍA, DESARROLLANDO UN ESTILO DE VIDA ACTIVO Y SALUDABLE A TRAVÉS DEL JUEGO, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE EN RELACIÓN CON LOS DEMÁS.

Para cada uno de esos Aprendizajes Fundamentales se desarrollan los capítulos: Fundamentación, Definición, y Competencias. 

El Marco concluye en un cuadro final en el que propone
un Plan de Estudios o distribución horaria, referido a una 
hora pedagógica de 45 minutos. Es obvio que un cuadro resulta insuficiente para planificar e implementar la conversión de las actuales estructuras curriculares a las propuestas del nuevo Marco Curricular Nacional para la Educación Básica.
 

El Ministerio de Educación ha anunciado que el referido Marco sería aprobado este año y entraría en aplicación en el próximo año escolar 2015, lo que ha generado críticas y debates por parte de expertos e instituciones especializadas. 

Se pone en duda que dado el estado actual del propuesto Marco Curricular Nacional se complete a tiempo la etapa de formulación y consulta (propuestas de sistemas de estándares, indicadores, certificación, planificación, evaluación); también se estima que el tiempo es corto para garantizar las condiciones de su implementación inicial, por tratarse de una reforma curricular de gran envergadura, complejo y que, según la experiencia nacional e internacional suele generar obstáculos, resistencias y hasta conflictos. 

Es de esperar que la propuesta se proyecte en un Plan de Conversión, con una estrategia gradual de etapas en el mediano plazo, descentralizada (pues el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Locales comparten competencias y responsabilidades Educativas) y participativa (de toda la comunidad educativa, padres de familia, organizaciones gremiales y sindicales, y otros actores económicos y sociales locales) y que cuente con los recursos necesarios a través del Presupuesto de la República 2015, a los niveles nacional y regionales.

Cabe concluir este artículo, recomendando a las autoridades educativas, al Magisterio y a los especialistas en desarrollo curricular, la lectura de cuatro publicaciones fundamentales de carácter prospectivo y de nivel internacional : "Aprender a ser: la educación del futuro" (Edgard Faure, 1972) ; " Declaración Mundial sobre Educación para Todos y Marco de Acción para satisfacer las necesidades básicas de aprendizaje" (Jomtien, 1990); "La Educación encierra un tesoro" (Jacques Delors, 1996), y "Los siete saberes necesarios para la educación del futuro" (Egar Morin, 1999).
 Ella contienen fundamentos, reflexiones y propuestas importantes que han sido utilizados por quienes han diseñado propuestas de desarrollo curricular en varios países de la América Latina.


TEXTOS DE REFERENCIA: 

(AÑO 1993) CONSTITUCIÓN:
Artículos 13 y 14:
Artículo 13°.  La educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana.  El Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza.  Los padres de familia tienen el deber de educar a sus hijos y el derecho de escoger los centros de educación y de participar en el proceso educativo.
Artículo 14°. La educación promueve el  conocimiento, el aprendizaje y la práctica de las humanidades, la ciencia, la técnica, las artes, la educación física y el deporte.  Prepara para la vida y el trabajo y fomenta la solidaridad.
Es deber del Estado promover el desarrollo científico y tecnológico del país. 
La formación ética y cívica y la enseñanza de la Constitución y de los derechos humanos son obligatorias en todo el proceso educativo civil o militar. La educación religiosa se imparte con respeto a la libertad de las conciencias.
La enseñanza se imparte, en todos sus niveles, con sujeción a los principios constitucionales y a los fines de la correspondiente institución educativa.
Los medios de comunicación social deben colaborar con el Estado en la educación y en la formación moral y cultural.

(AÑO 2002) ACUERDO NACIONAL
Décimo Segunda Política de Estado:

12. Acceso Universal a una Educación Pública Gratuita y de Calidad y Promoción y Defensa de la Cultura y del Deporte

Nos comprometemos a garantizar el acceso universal e irrestricto a una educación integral, pública, gratuita y de calidad que promueva la equidad entre hombres y mujeres, afiance los valores democráticos y prepare ciudadanos y ciudadanas para su incorporación activa a la vida social. Reconoceremos la autonomía en la gestión de cada escuela, en el marco de un modelo educativo nacional y descentralizado, inclusivo y de salidas múltiples. La educación peruana pondrá énfasis en valores éticos, sociales y culturales, en el desarrollo de una conciencia ecológica y en la incorporación de las personas con discapacidad.

Con ese objetivo el Estado: (a) garantizará el acceso universal a una educación inicial que asegure un desarrollo integral de la salud, nutrición y estimulación temprana adecuada a los niños y niñas de cero a cinco años, atendiendo la diversidad étnico cultural y sociolingüística del país; (b) eliminará las brechas de calidad entre la educación pública y la privada así como entre la educación rural y la urbana, para fomentar la equidad en el acceso a oportunidades; (c) promoverá el fortalecimiento y la revaloración de la carrera magisterial, mediante un pacto social que devenga en compromisos recíprocos que garanticen una óptima formación profesional, promuevan la capacitación activa al magisterio y aseguren la adecuada dotación de recursos para ello; (d) afianzará la educación básica de calidad, relevante y adecuada para niños, niñas, púberes y adolescentes, respetando la libertad de opinión y credo; (e) profundizará la educación científica y ampliará el uso de nuevas tecnologías; (f) mejorará la calidad de la educación superior pública, universitaria y no universitaria, así como una educación técnica adecuada a nuestra realidad; (g) creará los mecanismos de certificación y calificación que aumenten las exigencias para la institucionalización de la educación pública o privada y que garanticen el derecho de los estudiantes; (h) erradicará todas las formas de analfabetismo invirtiendo en el diseño de políticas que atiendan las realidades urbano marginal y rural; (i) garantizará recursos para la reforma educativa otorgando un incremento mínimo anual en el presupuesto del sector educación equivalente al 0.25 % del PBI, hasta que éste alcance un monto global equivalente a 6% del PBI; (j) restablecerá la educación física y artística en las escuelas y promoverá el deporte desde la niñez; (k) fomentará una cultura de evaluación y vigilancia social de la educación, con participación de la comunidad; (l) promoverá la educación de jóvenes y adultos y la educación laboral en función de las necesidades del país; (m) fomentará una cultura de prevención de la drogadicción, pandillaje y violencia juvenil en las escuelas; y (n) fomentará y afianzará la educación bilingüe en un contexto intercultural.


(AÑO 2003) LEY 28044, LEY GENERAL DE EDUCACIÓN:
Artículo 31 al 39:
Artículo 31º.- Objetivos 
Son objetivos de la Educación Básica: 
a) Formar integralmente al educando en los aspectos físico, afectivo y cognitivo para el logro de su identidad personal y social, ejercer la ciudadanía y desarrollar actividades laborales y económicas que le permitan organizar su proyecto de vida y contribuir al desarrollo del país. 
b) Desarrollar capacidades, valores y actitudes que permitan al educando aprender a lo largo de toda su vida. 
c) Desarrollar aprendizajes en los campos de las ciencias, las humanidades, la técnica, la cultura, el arte, la educación física y los deportes, así como aquellos que permitan al educando un buen uso y usufructo de las nuevas tecnologías. 
Artículo 32º.- Organización 
La Educación Básica es obligatoria. Cuando la imparte el Estado, es gratuita. Satisface las necesidades básicas de aprendizaje de niños, jóvenes y adultos, considerando las características individuales y socioculturales de los 
educandos. 
Se organiza en: 
a) Educación Básica Regular 
b) Educación Básica Alternativa 
c) Educación Básica Especial 
Artículo 33º. Currículo de la Educación Básica 
El currículo de la Educación Básica es abierto, flexible, integrador y diversificado. Se sustenta en los principios y fines de la educación peruana. 
El Ministerio de Educación es responsable de diseñar los currículos básicos nacionales. En la instancia regional y local se diversifican a fin de responder a las características de los estudiantes y del entorno; en ese marco, cada Institución Educativa construye su propuesta curricular, que tiene valor oficial. 
Las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa desarrollan metodologías, sistemas de evaluación, formas de gestión, organización escolar y horarios diferenciados, según las características del medio y de la población atendida, siguiendo las normas básicas emanadas del Ministerio de Educación. 
Artículo 34°.- Características del currículo 
El currículo es valorativo en tanto responde al desarrollo armonioso e integral del estudiante y a crear actitudes positivas de convivencia social, democratización de la sociedad y ejercicio responsable de la ciudadanía. El currículo es significativo en tanto toma en cuenta las experiencias y conocimientos previos y las necesidades de los estudiantes. 
El proceso de formulación del currículo es participativo y se construye por la comunidad educativa y otros actores de la sociedad; por tanto, está abierto a enriquecerse permanentemente y respeta la pluralidad metodológica. 
Artículo 35°.- Culminación de la Educación Básica 
La culminación satisfactoria de la Educación Básica, en cualquiera de sus modalidades y programas, da derecho al diploma de egresado con mención en un área técnica que habilite al egresado para insertarse en el mercado laboral y lo faculte para acceder a una institución de nivel superior. 
Artículo 36º.- Educación Básica Regular 
La Educación Básica Regular es la modalidad que abarca los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria. Está dirigida a los niños y adolescentes que pasan, oportunamente, por el proceso educativo de acuerdo con su evolución física, afectiva y cognitiva, desde el momento de su nacimiento. 
La Educación Básica Regular comprende: 
a) Nivel de Educación Inicial 
La Educación Inicial constituye el primer nivel de la Educación Básica Regular, atiende a niños de 0 a 2 años en forma no escolarizada y de 3 a 5 años en 
forma escolarizada. El Estado asume, cuando lo requieran, también sus necesidades de salud y nutrición a través de una acción intersectorial. Se articula con el nivel de Educación Primaria asegurando coherencia pedagógica y curricular, pero conserva su especificidad y autonomía administrativa y de gestión. 
Con participación de la familia y de la comunidad, la Educación Inicial cumple la finalidad de promover prácticas de crianza que contribuyan al desarrollo integral de los niños, tomando en cuenta su crecimiento socioafectivo y cognitivo, la expresión oral y artística y la sicomotricidad y el respeto de sus derechos. 
b) Nivel de Educación Primaria 
La Educación Primaria constituye el segundo nivel de la Educación Básica Regular y dura seis años. Tiene como finalidad educar integralmente a niños. Promueve la comunicación en todas las áreas, el manejo operacional del conocimiento, el desarrollo personal, espiritual, físico, afectivo, social, vocacional y artístico, el pensamiento lógico, la creatividad, la adquisición de las habilidades necesarias para el despliegue de sus potencialidades, así como la comprensión de los hechos cercanos a su ambiente natural y social. 
c) Nivel de Educación Secundaria 
La Educación Secundaria constituye el tercer nivel de la Educación Básica Regular y dura cinco años. Ofrece a los studiantes una formación científica, humanista y técnica. Afianza su identidad personal y social. Profundiza el aprendizaje hecho en el nivel de Educación Primaria. Está orientada al desarrollo de competencias que permitan al educando acceder a conocimientos humanísticos, científicos y tecnológicos en permanente cambio. Forma para la vida, el trabajo, la convivencia democrática, el ejercicio de la ciudadanía y para acceder a niveles superiores de estudio. Tiene en cuenta las características, 
necesidades y derechos de los púberes y adolescentes. 
La capacitación para el trabajo es parte de la formación básica de todos los estudiantes. En los últimos años escolares se desarrolla en el propio centro educativo o, por convenio, en instituciones de formación técnico-productiva, en empresas y en otros espacios educativos que permitan desarrollar aprendizajes laborales polivalentes y específicos vinculados al desarrollo de cada localidad.
Artículo 37º. Educación Básica Alternativa 
La Educación Básica Alternativa es una modalidad que tiene los mismos objetivos y calidad equivalente a la de la Educación Básica Regular; enfatiza la preparación para el trabajo y el desarrollo de capacidades empresariales. Se organiza flexiblemente en función de las necesidades y demandas específicas de los estudiantes. El ingreso y el tránsito de un grado a otro se harán en función de las competencias que el estudiante haya desarrollado. 
La Alfabetización está comprendida en la Educación Básica Alternativa. 
La Educación Básica Alternativa responde a las necesidades de: 
a) Jóvenes y adultos que no tuvieron acceso a la educación regular o no pudieron culminarla. 
b) Niños y adolescentes que no se insertaron oportunamente en la Educación Básica Regular o que abandonaron el Sistema Educativo y su edad les impide continuar los estudios regulares. 
c) Estudiantes que necesitan compatibilizar el estudio y el trabajo. 
Artículo 38º. Alfabetización 
Los programas de alfabetización tienen como fin el autodesarrollo y el despliegue de capacidades de lectoescritura y de cálculo matemático en las personas que no accedieron oportunamente a la Educación Básica. Fortalecen su identidad y autoestima, los preparan para continuar su formación en los niveles siguientes del Sistema Educativo y para integrarse al mundo productivo en mejores condiciones. Se realizan en una perspectiva de promoción del desarrollo humano, del mejoramiento de la calidad de vida, y de equidad social y de género. Promueven la superación del analfabetismo funcional creando ambientes letrados. 
La alfabetización se desarrolla, según los requerimientos de cada lugar, en todas las lenguas originarias del país. En los casos en que estas lenguas originarias sean predominantes, deberá enseñarse el castellano como segunda lengua. 
Es objetivo del Estado erradicar el analfabetismo; con este propósito, convoca a instituciones especializadas para desarrollar conjuntamente programas de alfabetización. 
Artículo 39º.- Educación Básica Especial 
La Educación Básica Especial tiene un enfoque inclusivo y atiende a personas con necesidades educativas especiales, con el fin de conseguir su integración en la vida comunitaria y su participación en la sociedad. Se dirige a: 
a) Personas que tienen un tipo de discapacidad que dificulte un aprendizaje regular. 
b) Niños y adolescentes superdotados o con talentos específicos. 
En ambos casos se imparte con miras a su inclusión en aulas regulares, sin perjuicio de la atención complementaria y personalizada que requieran. 
El tránsito de un grado a otro estará en función de las competencias que hayan logrado y la edad cronológica, respetando el principio de integración educativa y social.


REGLAMENTO DE LA LEY 28044, LEY GENERAL DE EDUCACIÓN:
http://oei.es/quipu/peru/Reglamento_ley_educ.pdf
Artículos del 16 al 19:
Artículo 13°.- Currículo Básico Nacional 
El diseño del Currículo Básico Nacional, en cada uno de los niveles y modalidades, es una construcción sociocultural que expresa las intenciones educativas nacionales; es sistemático y orienta la acción educativa, encamina la selección y desarrollo de las actividades de aprendizaje, y compromete la acción de todos los actores que intervienen en el proceso educativo. Responde a las necesidades, intereses, experiencias, saberes, estilos y capacidades de los estudiantes; así 
como a las demandas sociales, multiculturales y plurilingües de la comunidad nacional. 
...
Artículo 16°.- Características del Currículo
El Currículo Básico Nacional, en cada uno de los niveles y modalidades, responde a las siguientes características:
a. Es abierto, flexible y diversificable: permite la incorporación de nuevos elementos que lo acerquen más a la realidad en la que se aplica, en coherencia con los objetivos de desarrollo institucional, local y regional; 
b. Es inclusivo: considera las distintas características, necesidades, ritmos y estilos de aprendizaje de los estudiantes, así como las diferentes características sociales, económicas, geográficas, culturales y lingüísticas de sus comunidades; 
c. Es intercultural e integrador: incorpora conocimientos, saberes y valores de las diferentes culturas y promueve la construcción de vínculos entre los diferentes grupos socioculturales que aseguran la unidad nacional en su diversidad; 
d. Es humanista y valorativo: reconoce al alumno como centro del proceso educativo y favorece, entre otros, a la práctica de valores democráticos y ciudadanos como un aporte a la construcción de una sociedad más humana; 
e. Es significativo: se sustenta en las experiencias, afectividad, conocimientos previos, necesidades e intereses de los estudiantes; 
f. Es integral e interdisciplinario: favorece la relación de diversos contenidos y perspectivas a fin de construir aprendizajes articulados; 
g. Tiene un enfoque de género: reconoce las diferencias entre hombres y mujeres y promueve la igualdad de oportunidades para ambos; 
h. Es articulado: existen elementos curriculares comunes que aseguran la secuencialidad y fluidez entre niveles y modalidades.
Artículo 17°.- Contenidos transversales
Involucran a todas las áreas y asignaturas. Pueden ser propuestos por organizaciones representativas de la región, localidad o institución educativa. Son seleccionados, y contextualizados por ésta, en función a las necesidades de formación de sus miembros. Son contenidos transversales nacionales: 
- La educación ambiental, 
- La educación intercultural, 
- La educación en y para los derechos humanos, 
- La educación sexual y para la salud, 
- La educación para la equidad de género, 
- La educación para la convivencia, la paz y la ciudadanía, 
- La educación para el trabajo. 
Artículo 18°.- Aprobación del Currículo Básico Nacional 
El Ministerio de Educación es responsable de elaborar y aprobar el diseño del Currículo Básico Nacional de cada uno de los niveles y modalidades, de validarlo con la participación de los actores involucrados, y de definir los lineamientos técnicos para su diversificación. Es común a todo el país y se articula en forma descentralizada, en los diferentes niveles, ciclos y modalidades. El Ministerio de Educación realiza las revisiones y evaluaciones sistemáticas del Currículo Básico Nacional a fin de actualizarlo permanentemente. 
Artículo 19°.- Diversificación curricular 
Consiste en adecuar, en un proceso dinámico, el diseño del Currículo Básico Nacional de los diferentes niveles y modalidades de Educación Básica, a las necesidades e intereses de los estudiantes y a los objetivos de los proyectos de desarrollo institucional, local y regional. Se realiza en tres instancias: regional, local y en la institución educativa, y atiende a las particularidades de cada ámbito. 
Las instituciones educativas en el ámbito rural, diseñan un Proyecto Curricular de Red, válido para todas ellas; sin embargo, las que lo desean, pueden elaborar además, su propio Proyecto Curricular de Centro. 


(AÑO 2005) DISEÑO CURRICULAR NACIONAL DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR


(AÑO 2007) PROYECTO EDUCATIVO NACIONAL:
Objetivo Estratégico 2
Resultado 1
Políticas 5.1 y 5.2:


(AÑO 2008) DISEÑO CURRICULAR NACIONAL DE LA EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR


(AÑO 2014) INFORME DEL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN SOBRE LOS AVANCES DEL PROYECTO EDUCATIVO NACIONAL A MARZO DE 2014:
"Política curricular y diversificación. 
El Ministerio de Educación aprobó y publicó el documento de diversificación y programación curricular (R.M. N° 0441-2008-ED), las orientaciones para el aula multigrado, la guía de actualización docente para el trabajo en aulas multigrado, y las orientaciones para la diversificación curricular en instituciones educativas de educación secundaria. El año 2012, el D. S. N° 011-2012-ED , que aprobó el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, dispuso que sobre la base del currículo nacional se construyesen los currículos regionales, teniendo en cuenta los lineamientos generales de diversificación curricular que el currículo nacional estableciere. 
Crecientemente las autoridades educativas regionales se han interesado en elaborar su propio proyecto educativo y diversificar el currículo para responder adecuadamente a sus necesidades sociales y de desarrollo. En diciembre 
de 2013, según el equipo técnico nacional del Sistema de seguimiento e información a la implementación de los proyectos educativos regionales (SSII-PER), todas las regiones del país tienen ya su proyecto educativo regional, exceptuando Lima Metropolitana que está en proceso de elaboración. Sin embargo, el avance en los diseños curriculares regionales ha sido diverso: seis los tienen concluidos y los aplican (Lambayeque, La Libertad, Madre de Dios, Piura, Puno y San Martín); dos los han concluido pero no los aplican (Arequipa y Ayacucho); doce los tienen en proceso de elaboración ( Amazonas, Ancash, Apurímac, Callao, Cusco, Huánuco, Ica, Junín, Lima Provincias, Moquegua, Tacna, Ucayali); y cinco no tienen hasta ahora previsto elaborar su propio diseño (Cajamarca, Lima Metropolitana, Loreto, Pasco, Tumbes).
La Dirección de Educación Básica Regular del Ministerio de Educación, con la colaboración del CNE, analizó las propuestas de diversificación curricular que las diferentes regiones presentaron, así como sus innovaciones, encontrando que, aunque tratan de cumplir las normas, lo hacen a su manera: algunas elaboraron solo lineamientos para la diversificación curricular o 
para el diseño curricular regional; otras, confundieron diversificación curricular con programación curricular; y existen las que construyeron un diseño sin articularlo ni vincularlo al diseño curricular nacional. 
El producto de este trabajo fue presentado por el CNE en el Boletín CNE Opina N° 35, Diversificación Curricular (Perú. CNE 2012i). En él se señaló que la riqueza de nuestra diversidad étnica, lingüística y cultural no permite hablar de un único niño o niña peruana, ni de una única infancia peruana, porque los diferentes grupos étnicos, lingüísticos, sociales y económicos 
tienen diversas maneras de captar y aprehender la realidad, sentir, comunicarse y convivir. Se advirtió también que es cierto que todos somos integrantes de una unidad nacional, lo que se debe tener en cuenta en cada uno de los diferentes niveles de gobierno. Se precisó, finalmente, que la diversificación regional es un proceso diferente al de la programación que realiza el 
profesor en el aula porque la primera requiere un trabajo intersectorial, que no se limita a lo educativo, ya que debe proporcionar una visión holística y compleja de la realidad y sociedad concreta en la que se vive. 
En los dos últimos años el Ministerio de Educación elaboró, con el propósito de apoyar el trabajo pedagógico de los profesores, las Rutas de aprendizaje y los Mapas de progreso (Perú. Ipeba 2013), que contienen los estándares de aprendizaje. Estos instrumentos pueden facilitar el desempeño docente en aula, pero han desconcertado al magisterio 
al no quedar clara su relación y diferencia con el nuevo marco curricular. Este último ha sido puesto recientemente a consulta pública, por tanto, no se sabe aún cómo quedarán en él las competencias, los contenidos transversales, el tratamiento metodológico y la evaluación. Por otra parte, los maestros no fueron adecuadamente capacitados y familiarizados para usar estos instrumentos y adecuarlos a sus realidades. Las normas educativas del año 2014, que establecen la aplicación de las Rutas para Comunicación y Matemática y dispone que las demás áreas se sujetarán al Diseño 
Curricular Nacional, ha incrementado la incertidumbre 
en el magisterio.


(AÑO 2007) LEY 29158, LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO:
Artículo 4:
Capítulo II 
Competencias del Poder Ejecutivo 
Artículo 4.- Competencias exclusivas del Poder Ejecutivo 
 El Poder Ejecutivo tiene las siguientes competencias exclusivas: 
 1. Diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno. 
Las políticas nacionales definen los objetivos prioritarios, los lineamientos, los contenidos principales de las políticas públicas, los estándares nacionales de cumplimiento y la provisión de servicios que deben ser alcanzados y supervisados para asegurar el normal desarrollo de las actividades públicas y privadas. Las políticas nacionales conforman la política 
general de gobierno. 
Política sectorial es el subconjunto de políticas nacionales que afecta una actividad económica y social específica pública o privada. Las políticas nacionales y sectoriales consideran los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales y locales, concordando con el carácter unitario y descentralizado del gobierno de la República. Para su formulación el Poder Ejecutivo establece mecanismos de coordinación con los gobiernos regionales, gobiernos locales y otras entidades, según requiera o corresponda a la naturaleza de cada política. 
El cumplimiento de las políticas nacionales y sectoriales del Estado es de responsabilidad de las autoridades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales. 
Las políticas nacionales y sectoriales se aprueban por decreto supremo, con el voto del Consejo de Ministros. 


(AÑO 2008) DISEÑO CURRICULAR NACIONAL DE LA EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR


(AÑO 2014) MARCO CURRICULAR NACIONAL (PROPUESTA PARA EL DIÁLOGO)

LIBROS DE REFERENCIA PARA UN DISEÑO CURRICULAR:

(1972) APRENDER A SER: la educación del futuro. UNESCO, 1973:
(Fui entrevistado en Lima por Edgard Faure, Presidente de la Comisión Internacional que preparó el libro. En la página 266 el libro se refiere a la experiencia de la Reforma Educativa Peruana de los años 70)
Versión original en francés, publicada en 1972:

(1990) DECLARACIÓN MUNDIAL SOBRE EDUCACIÓN PARA TODOS Y MARCO DE ACCIÓN PARA SATISFACER LAS NECESIDADES BÁSICAS DE APRENDIZAJE, WCEFA:
Ver en particular el Artículo 1 de la Declaración: "Educación para todos. Objetivos. Satisfacción de las necesidades básicas de aprendizaje"

(1996) LA EDUCACIÓN ENCIERRA UN TESORO. UNESCO. Informe de la Comisión Internacional sobre la Educación para el Siglo XXI, presidida por Jacques Delors.
Ver en particular el Capítulo IV. Los cuatro pilares de la educación:
L
a educación a lo largo de la vida se 
basa en cuatro pilares: aprender a conocer, 
aprender a hacer, aprender a vivir juntos,
aprender a ser.
Aprender a conocer, combinando una 
cultura general suficientemente amplia con 
la posibilidad de profundizar los
conocimientos en un pequeño número de 
materias. Lo que supone además: aprender a 
aprender para poder aprovechar las 
posibilidades que ofrece la educación a lo 
largo de la vida.
Aprender a hacer a fin de adquirir no 
sólo una calificación profesional sino, más 
generalmente, una competencia que
capacite al individuo para hacer frente a 
gran número de situaciones y a trabajar en 
equipo. Pero, también, aprender a hacer en 
el marco de las distintas experiencias 
sociales o de trabajo que se ofrecen a los 
jóvenes y adolescentes, bien
espontáneamente a causa del contexto 
social o nacional, bien formalmente gracias 
al desarrollo de la enseñanza por
alternancia.
Aprender a vivir juntos desarrollando 
la comprensión del otro y la percepción de 
las formas de interdependencia -realizar
proyectos comunes y prepararse para tratar 
los conflictos- respetando los valores de 
pluralismo, comprensión mutua y paz.
Aprender a ser para que florezca mejor 
la propia personalidad y se esté en 
condiciones de obrar con creciente
capacidad de autonomía, de juicio y de 
responsabilidad personal. Con tal fin, no 
menospreciar en la educación ninguna de
las posibilidades de cada individuo: 
memoria, razonamiento, sentido estético, 
capacidades físicas, aptitud para 
comunicar...

Mientras los sistemas educativos 
formales propenden a dar prioridad a la 
adquisición de conocimientos, en 
detrimento de otras formas de aprendizaje, 
importa concebir la educación como un 
todo. En esa concepción deben buscar 
inspiración y orientación las reformas 
educativas, tanto en la elaboración de los 
programas como en la definición de las nuevas políticas pedagógicas. 
 
(Año 1999) LOS SIETE SABERES NECESARIOS PARA LA EDUCACIÓN DEL FUTURO, Edgar Morin. UNESCO.